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Juzgado determinó que el derecho a la atención médica del líder de Sendero Luminoso se encuentra garantizada.
El Poder Judicial declaró infundado el recurso de hábeas corpus que interpuso la defensa de Abimael Guzmán Reinoso, líder de la agrupación terrorista Sendero Luminoso.
El juzgado constitucional que evaluó el pedido determinó que “por las características propias” de la Base Naval del Callao, en donde Guzmán cumple su condena, “y la forma de aislamiento en que cumple la pena de libertad que le fuera impuesta, no existen elementos para avizorar una amenaza cierta e inminente que se contagie del COVID-19”.
La demanda de hábeas corpus fue planteada por Alfredo Crespo, abogado del cabecilla terrorista, quien la dirigió contra “el Instituto Nacional Penitenciario-INPE, al considerar, en resumen, que se está amenazando/vulnerando su derecho a la vida e integridad personal”.
La defensa de Abimael Guzmán alegó que este pertenecía al grupo de personas vulnerables ante “las circunstancias generadas por la pandemia desatada por el virus COVID-19”
“Es una persona que se encuentra dentro de la población vulnerable, al tener 85 años de edad y sufrir entre otras dolencias”, sostuvo Crespo en su recurso a favor del cabecilla terrorista.
El recurso declarado infundado, es una apelación a un primer recurso que ya antes el Poder Judicial había rechazado.
EL MALDITO GENOCIDA ABIMAEL GUZMAN , LA MAYOR BASURA PESTILENTE QUE A TENIDO RL PERU #terrorismonuncamas
El Poder Judicial declaró infundado el recurso de hábeas corpus que interpuso la defensa de Abimael Guzmán Reinoso, líder de la agrupación terrorista Sendero Luminoso.
El juzgado constitucional que evaluó el pedido determinó que “por las características propias” de la Base Naval del Callao, en donde Guzmán cumple su condena, “y la forma de aislamiento en que cumple la pena de libertad que le fuera impuesta, no existen elementos para avizorar una amenaza cierta e inminente que se contagie del COVID-19”.
La demanda de hábeas corpus fue planteada por Alfredo Crespo, abogado del cabecilla terrorista, quien la dirigió contra “el Instituto Nacional Penitenciario-INPE, al considerar, en resumen, que se está amenazando/vulnerando su derecho a la vida e integridad personal”.
La defensa de Abimael Guzmán alegó que este pertenecía al grupo de personas vulnerables ante “las circunstancias generadas por la pandemia desatada por el virus COVID-19”
“Es una persona que se encuentra dentro de la población vulnerable, al tener 85 años de edad y sufrir entre otras dolencias”, sostuvo Crespo en su recurso a favor del cabecilla terrorista.
El recurso declarado infundado, es una apelación a un primer recurso que ya antes el Poder Judicial había rechazado.
Rechazan hábeas corpus de Abimael Guzmán para salir de prisión por el coronavirus
Juzgado determinó que el derecho a la atención médica del líder de Sendero Luminoso se encuentra garantizada.
larepublica.pe