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¿litiscon... qué?

Han Cholo

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1 Abr 2022
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Un causa me comentó anoche mientras bajábamos unas whiskolas que hay un juicio entre sus hermanos por la propiedad del patrimonio dejado por su viejito, y que está considerando ingresar como litisconsorte (¿¿??) del lado de los demandantes porque está quedando claro que el hermano mayor demandado cometió una travesura notarial.

Me limité a comentarle que el juicio ya había empezado hace más de un almanaque y que era demasiado tarde para que él ingrese como parte, pero mi causa dice que su abogado le ha dicho que él puede ingresar como litisconsorte en cualquier momento y con su evidencia, incluso hasta después de las audiencias pero antes de la sentencia.

Mi causa... ¿tiene razón? ¿O está más perdido que veneco en 28 de julio?

:bandera:
 
El litisconsorte puede ingresar al proceso, siempre que se acredite su interes y legitimidad para obrar, en el proceso en curso, puede ingresar como litisconsorte del demandante o litisconsorte del demandado.

En el caso de tu amigo, en que tipo de litisconsorte se quiere constituir?
 
El litisconsorte puede ingresar al proceso, siempre que se acredite su interes y legitimidad para obrar, en el proceso en curso, puede ingresar como litisconsorte del demandante o litisconsorte del demandado.

En el caso de tu amigo, en que tipo de litisconsorte se quiere constituir?

El tipo de litisconsorte con el que ingresaría mi causa no lo sé, brother.... pero asumo que tiene los mismos derechos que sus otros tres hermanos que se están enjuiciando entre sí porque según mi causa su hermano mayor se hizo transferir un terreno de los padres de manera irregular y no quiere compartirlo con los demás. Mi causa afirma que tiene un documento firmado por su viejo en el que acusa a su hermano de engañarlo en la transferencia del terreno, y quiere presentarlo pa que lo vea el juez.

Mi pregunta iba más por los plazos.... hasta donde yo sé ya hubo una audiencia en la que mi causa no asistió porque no es parte del juicio, así que asumo que mi causa no puede ingresar al proceso ni mostrar evidencia nueva. Pero él dice que sí.

Yo me pregunto... si ya hubo una audiencia... ¿está permitido legalmente que mi causa ingrese al proceso como litisconsorte con su propia evidencia? No creo...
 
El tipo de litisconsorte con el que ingresaría mi causa no lo sé, brother.... pero asumo que tiene los mismos derechos que sus otros tres hermanos que se están enjuiciando entre sí porque según mi causa su hermano mayor se hizo transferir un terreno de los padres de manera irregular y no quiere compartirlo con los demás. Mi causa afirma que tiene un documento firmado por su viejo en el que acusa a su hermano de engañarlo en la transferencia del terreno, y quiere presntarlo pa que lo vea el juez.

Mi pregunta iba más por los plazos.... hasta donde yo sé ya hubo una audiencia, así que asumo que mi causa no puede ingresar al proceso ni mostrar evidencia nueva. Pero el dice que sí.

Yo me pregunto... si ya hubo una audiencia... ¿está permitido legalmente que mi causa ingrese al proceso como litisconsorte con su propia evidencia? No creo...

El litisconsorte puede ingresar al proceso antes de la emisión de la Sentencia, pero en la práctica jurídica, es preferible que se haga antes de la audiencia de pruebas, a efectos de que pueda actuar en el proceso actuando medios probatorios o "absolviendo las pretensiones" de la parte demandante o la parte demandada. Si ya se realizó la audiencia, en caso que el Juzgado considere necesario, puede señalar la realización de una audiencia complementaria; sin embargo, el Juzgado evalúa la constitución de litisconsorte y en caso que no considere que no afectará los derechos (del litisconsorte) o no resulta necesaria su actuación, desestima el pedido.
 
El litisconsorte puede ingresar al proceso antes de la emisión de la Sentencia, pero en la práctica jurídica, es preferible que se haga antes de la audiencia de pruebas, a efectos de que pueda actuar en el proceso actuando medios probatorios o "absolviendo las pretensiones" de la parte demandante o la parte demandada. Si ya se realizó la audiencia, en caso que el Juzgado considere necesario, puede señalar la realización de una audiencia complementaria; sin embargo, el Juzgado evalúa la constitución de litisconsorte y en caso que no considere que no afectará los derechos (del litisconsorte) o no resulta necesaria su actuación, desestima el pedido.

Gracias por el desasnamiento causa.... eres un crack.

No me parece una buena idea permitir el ingreso de otras partes después de la audiencia.... es como hacer un cambio de jugadores más allá de los cinco permitidos en el reglamento FIFA.... pero así es la ley pe....
 
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